El Gobierno restringe las comunicaciones comerciales de las empresas de Gambling
Medidas de restricción a las comunicaciones comerciales de las entidades que realicen una actividad de juego regulada en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego (Artículo 37).
Durante el tiempo de vigencia de la declaración del estado de alarma no se podrá realizar de forma general las siguientes actuaciones:
Actividades de promoción dirigidas a la captación de nuevos clientes o de fidelización de clientes existentes que ofrezcan bonos, descuentos, regalos, cuantías económicas, bonificaciones, multiplicadores de cuotas o premios, así como cualquier otro mecanismo de incentivo similar.
Excepto en la franja horaria comprendida entre la 1 y las 5 de la mañana no se podrá emitir comunicaciones comerciales, cuando aquellas fueran distinguibles y separables, en los servicios de comunicación audiovisual, incluidos los servicios a petición.
Excepto en la franja horaria comprendida entre la 1 y las 5 de la mañana no se podrá emitir comunicaciones comerciales que se comercialicen, vendan u organicen por prestadores de servicios de intercambio de vídeos a través de plataformas.
Se prohíbe de forma general la emisión de comunicaciones comerciales en servicios de la sociedad de la información, incluyendo las comunicaciones remitidas por correo electrónico o redes sociales, entre otras.
Además, se prohíben las comunicaciones comerciales que, de forma implícita o expresa, hagan referencia a la situación de excepcionalidad que deriva de la enfermedad COVID-19 o animen a jugar aprovechando el estado de alarma.
Las medidas relacionadas con el juego y las apuestas, entrarán en vigor el día 3 de abril